Si dispones de al menos un alojamiento o una dirección de facturación en México, tendrás que verificar y confirmar tus datos fiscales lo antes posible para evitar complicaciones.


Nota: Esta norma no afecta a los impuestos de alojamiento.

En virtud de la legislación fiscal federal de México, tenemos las obligaciones siguientes:
  • Indicar en las facturas tu número federal de contribuyente, conocido como Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Compartir mensualmente información sobre el alojamiento con las autoridades fiscales mexicanas
  • Recaudar y pagar el IVA correspondiente a las autoridades mexicanas
  • Retener el impuesto sobre la renta (si procede)

Actualice su anuncio

En caso necesario, puede consultar sus credenciales desde el sitio web de las autoridades fiscales mexicanas: A continuación, añade los datos fiscales mexicanos al anuncio. Si tienes más de un anuncio, tendrás que actualizar cada anuncio con un RFC para que se aplique el estado fiscal de este.

Personas físicas

En el caso de las personas con un número válido de RFC, recaudamos el IVA, a partir del cual pagamos el 50 % a las autoridades mexicanas y el otro 50 % a ti, que tienes que remitir a las autoridades mexicanas correspondientes. En el caso de las personas que no disponen de un número válido de RFC, pagamos el 100 % a las autoridades mexicanas.

Desde el 4 de enero de 2021, empezamos a retener el 4 % del impuesto sobre la renta en el caso de las personas que tienen un número válido de RFC y un 20 % en el caso de aquellas que no disponen de uno. Los pagos a los colaboradores se realizan al día siguiente de la llegada del huésped.

Todos los meses te enviamos un informe con los datos del IVA y el impuesto sobre la renta que se han retenido. Este informe, en español y en pesos mexicanos, es prueba de que el impuesto se ha pagado.

Entidades legales con un número válido de RFC

Te remitimos el 100 % del IVA, que a su vez tienes que remitir a las autoridades mexicanas. Nosotros no retenemos el impuesto sobre la renta.