Fantástica casa mallorquina ubicada en la zona residencial de Génova, en Palma de Mallorca, impresiona su zona al aire libre, sus vistas y su magnífica arquitectura. Esta encantadora casa está decorada con colores cálidos y acogedores, situada en plena naturaleza, a pocos kilómetros del centro. Tiene un amplio salón con amplios ventanales, una cocina totalmente equipada, comedor separado. Ofrece 5 dormitorios, 4 baños y tiene capacidad para hasta 8 personas. En la planta superior hay dos habitaciones, en la planta intermedia hay dos habitaciones, en la planta baja hay una habitación y hay una habitación exterior. Las instalaciones también incluyen Wi-Fi, Televisión. Dispone de calefacción y de aire acondicionado. En el exterior encontrará una terraza amueblada con mesas y sillas para poder disfrutar de las comidas al aire libre, una barbacoa donde podrá preparar sus comidas al grill y una fantástica zona de piscina con tumbonas y sombrillas. Un entorno para relajarse y dejar atrás el estrés de la vida cotidiana. Es un lugar perfecto para unas vacaciones en familia o con un grupo de amigos. Dispone de aparcamiento privado y gratuito para varios vehículos
Golf Son Muntaner a 7,1 kilómetros.
Golf Son Vida a 8,5 kilómetros.
Palma Centro a 6,9 kilómetros.
Paseo Marítimo a 6,6 kilómetros.
El aeropuerto de Palma de Mallorca a 17,2 kms.
Ropa de cama y de baño incluido en el precio del alquiler
Desde el 1 de enero de 2016, el gobierno de Baleares exige un Impuesto Turístico Balear, que se paga en el momento del check-in, los precios varían según la duración de la estancia y la temporada (Baja o Alta). Este impuesto se aplica a los viajeros mayores de 16 años. La tarifa en temporada alta (de abril a octubre incluido) será de: 2.20€ por día por adulto (16+) durante los primeros 8 días; 1.10€ por día por adulto para el resto. Todas estas cantidades se reducen a la mitad en cada caso a partir del 1 de noviembre. Este impuesto es para residentes y no residentes de la Unión Europea.
Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. 1. Las personas titulares de las actividades de hospedaje y de alquiler de vehículos incluidos en el ámbito de aplicación de esta norma recogerán los datos de las personas usuarias de las mismas con el objeto de proceder a su registro y a la comunicación necesarias para el cumplimiento de las obligaciones legales que se desarrollan mediante este real decreto. 2. Los partes de entrada para el uso de los servicios de hospedaje deberán ser firmados por toda persona mayor de catorce años que haga uso de estos, conforme al sistema y modelo que se establezca. En el caso de las personas menores de catorce años, sus datos serán proporcionados por la persona mayor de edad de la que vayan acompañados. 3. Los clientes recibirán el Link de parte del anfitrión para poder inscribir a todos los miembros que vayan a alojarse en las viviendas de alquiler vacacional. Este proceso es muy simple y rápido y el incumplimiento de este requisito legal puede causar la ruptura del previo contrato imposibilitando el acceso de los huéspedes a la propiedad reservada.